Las quiebras empresariales se cuadruplican

El INE ha publicado hoy los datos sobre los concursos acreedores presentados en el primer trimestre de este año, y los datos no pueden ser peores. Durante los tres primeros meses de 2009 un total de 1.558 empresas, autónomos y familias entraron en quiebra.


Estas cifras suponen un 44% más que en el último trimestre de 2008, un 266,59% más que hace un año y un 554,62% más que en el primer trimestre de 2007. Con estas cifras, sumadas a las cifras del paro, de la deflación, del decrecimiento económico, etc. no me entra en la cabeza como el Gobierno (que se supone que es de todos) sigue pidiéndonos confianza y sigue diciendo que pronto saldremos de la crisis. Desde luego, algún día saldremos, pero no creo que sea por las medidas que el Gobierno ha tomado, está tomando o tomará en un futuro.

Continuar leyendo “Las quiebras empresariales se cuadruplican”

Concurso de Acreedores, Suspensión de Pagos y Quiebra

Hay un apartado en los informes comerciales que se muestra la información de cualquier empresa relativa a Concursos y Quiebras.

Dicho epígrafe muestra las incidencias publicadas que se declaran a nombre de la Empresa o del Autónomo en estado de Concurso conforme a la Ley Concursal 22/2003. No obstante, de los procedimientos anteriores también se dispone de  información del histórico de incidencias publicadas en los últimos 6 años y de aquellas que puedan estar tramitándose aún con la antigua legislación.

Veamos qué diferencias existen entre estas tres figuras dentro de los informes:

Continuar leyendo “Concurso de Acreedores, Suspensión de Pagos y Quiebra”

El Fondo de Garantía de Depósitos

Últimamente estamos viendo como muchos bancos y entidades financieras (sobretodo en Estados Unidos) están sufriendo grandes y graves problemas financieros que en algunos casos les han llevado a quiebra, como es el reciente caso de Lehman Brothers, uno de esos bancos de inversión con más de 150 años de antigüedad en los que uno soñaba trabajar algún día, allá por mis años universitarios… pero esa es otra historia.

En España, de momento, la cosa no es tan preocupante, y nuestro sistema bancario va aguantando el chaparrón (que no es poco), aunque la bolsa se resienta bastante. Ante esta situación mucha gente se preocupa de los ahorros que tiene “metido en el banco” y tienen miedo por si un banco quiebra y se quedan sin su dinero.

Pues bien, esto no es del todo así. Es decir, si un banco quiebra sus clientes no pierden su dinero… o mejor dicho, no pierden todo su dinero.

Tanto en España como en el resto de países de la UE, y en la mayoría de los países desarrollados, existe lo que se llama un Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), un fondo común de todas las entidades de crédito cuyo único propósito es proteger a los clientes ante la quiebra de un banco. Por lo tanto, gracias a este Fondo, si un banco quiebra, todos sus depositantes o inversores tienen garantizado recuperar sus fondos… con un límite de 20.000 euros por depositante o inversor. Es decir, si tienes 1.000 euros en tu cuenta del banco XYZ, y el banco quiebra, el FGD te repondrá esos 1.000 euros. Ahora bien, si tienes 50.000 euros, sólo recuperarás 20.000 euros. Pero más vale recuperar 20.000 y perder 30.000 que no perder los 50.000 euros enteros.

Todas las entidades de depósito españolas (bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito) están obligadas a formar parte del FGD, así como las extranjeras que tengan sucursal en España. Las entidades de la UE no tienen porque estar inscritas (es voluntario), ya que tienen su propio FGD en su país.

En España existen realmente cuatro FGDs: Uno para bancos, otro para cajas de ahorro, otro para cooperativas de crédito y otro para clientes de empresas de servicios de inversión (llamado Fondo de Garantía de Inversiones). Los Fondos de Garantía de Depósitos en Establecimientos Bancarios, en Cajas de Ahorro y en Cooperativas de Crédito (que así es como se llaman y que forman el Sistema Español de Garantía de Depósitos) se constituirán con las aportaciones anuales que están obligados a hacer las entidades de crédito integradas en cada uno de ellos. Dichas aportaciones ascienden al 2 por 1.000 de los depósitos a los que se extiende su garantía. Y los depósitos cubiertos son:

  • El dinero que hay en las cuentas de los clientes de la entidad, así como los certificados de depósito nominativos.
  • Los valores negociables e instrumentos financieros que hayan sido confiados a la entidad de crédito para su depósito o registro o para la realización de algún servicio de inversión.

Por tanto, si tienes depositados o invertidos menos de 20.000 euros en una entidad de crédito o en sociedades de valores, agencias de valores y sociedades gestoras de carteras, no hay que preocuparse tanto, ya que tus depósitos o inversiones están aseguradas… y realmente, si tienes más tampoco hay que preocuparse… al menos de momento.