El tipo de interés de demora en operaciones comerciales, es decir, el tipo de interés que se aplicará en caso de incumplimiento de los plazos contractuales o legales de pago, ha bajado sensiblemente hasta niveles similares a 2006.
El tipo de interés de demora en operaciones comerciales se calcula sumando siete puntos porcentuales al tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo en la última operación principal de financiación subastada antes del semestre natural en el que se aplique, es decir, en este caso la última subasta de 2008, correspondiente al 30 de diciembre. El tipo de tipo de interés de demora se calcula semestralmente y será de aplicación durante el semestre natural siguiente a su fijación.
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