La “dación en pago” es una figura jurídica habitual en las épocas de crisis: La dación en pago se produce cuando se entrega un bien en concepto de pago total o parcial de la deuda contraída. El ejemplo más usual es el de un promotor inmobiliario que se presenta en las oficinas del Banco y entrega las viviendas como dación en pago, con lo que queda saldada la deuda.
Sucede que normalmente el banco debe aceptar expresamente dicha entrega del bien y no tiene ninguna obligación de hacerlo. Desde el 2007, año que comenzó a enfriarse el mercado inmobiliario, bancos y promotores han usado y abusado de dicha figura por su total conveniencia.
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