Estamos todos expectantes ante la resolución que tome el Tribunal Supremo la semana que viene sobre un par de aspectos de la Ley Concursal que han presentado la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, que de prosperar supondrá de nuevo un claro y grave perjuicio contra las Pymes que quieran cobrar los créditos deudores de las empresas que presenten concurso de acreedores, que pueden verse relegados a las últimas posiciones en caso de liquidación de la empresa acreedora.
El BORME se desmaterializa
Ayer se publicó en el BOE el Real Decreto 1979/2008, de 28 de noviembre, por el que se regula la edición electrónica del “Boletín Oficial del Registro Mercantil” (BORME), y por el cual, el BORME pasa a ser digital, desapareciendo su versión en papel. Pero, ¿sabemos qué es el BORME? Por si no lo sabes o no lo tienes claro, aquí va una pequeña explicación.
El BORME es un instrumento de publicidad mercantil que recogerá toda la información relevante sobre cualquier sociedad mercantil. Básicamente el BORME se nutrirá del propio Boletín Oficial del Estado (BOE) y de los Registros Mercantiles Provinciales y Central.
El BORME se divide en dos secciones:
Concurso de Acreedores, Suspensión de Pagos y Quiebra
Hay un apartado en los informes comerciales que se muestra la información de cualquier empresa relativa a Concursos y Quiebras.
Dicho epígrafe muestra las incidencias publicadas que se declaran a nombre de la Empresa o del Autónomo en estado de Concurso conforme a la Ley Concursal 22/2003. No obstante, de los procedimientos anteriores también se dispone de información del histórico de incidencias publicadas en los últimos 6 años y de aquellas que puedan estar tramitándose aún con la antigua legislación.
Veamos qué diferencias existen entre estas tres figuras dentro de los informes:
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La Crisis Inmobiliaria Contagia a Otros Sectores
El 56% de las empresas españolas declaradas en concurso de acreedores en 2008 son consecuencia directa de la crisis del sector de la construcción. Esta es una de las principales conclusiones del informe sobre la evolución de los procesos en España durante los últimos tres años. Pero la fuerte de crisis inmobiliaria comienza a dañar otros sectores de la economía.
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Concurso de Acreedores: Responsabilidad de los Administradores
La Responsabilidad de los Administradores sociales en empresas en Concurso de Acreedores es muy importante en determinados supuestos.
Carlos Pavón Neira, de Iure Abogados, nos aclara cuáles son esos casos y el alcance de esa responsabilidad:
Con la entrada en vigor de la Ley Concursal (22/2003, de 9 de julio) , apareció un régimen nuevo de responsabilidad de los administradores de sociedades mercantiles en concurso de acreedores, a añadir al anteriormente vigente, el cual denominamos responsabilidad concursal de los administradores. Dicho régimen nace cuando el concurso de acreedores de una sociedad mercantil se califica culpable, esto es, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los representantes legales de la Compañía en concurso. Continuar leyendo “Concurso de Acreedores: Responsabilidad de los Administradores”
Sólo un puñado de las empresas en concurso sobevivirá a la crisis
Hoy quisiera hacerme eco de una noticia publicada en el diario Expansión, según la cuál el 90% de las empresas que acudan al procedimiento concursal terminarán desapareciendo. Y al parecer esa cifra podría llegar al 95%.
Y es que los 36 juzgados mercantiles existentes en la actualidad tiene que lidiar con el doble de casos de concursos que el año pasado. Para 2008 se espera superar la cifra de 2.000 concursos, y para 2009, según qué fuentes, se podrían superar los 4.000 concursos.
Y es que estos 36 juzgados siguen llevando también todos los demás procesos judiciales que les compete, lo cual hace materialmente imposible que se pueda prestar la atención adecuada a todos los procedimientos concursales. Y más teniendo en cuenta que los juzgados mercantiles son unipersonales.
Seguro que todos y cada uno de ellos estará rezando para que ninguna empresa “de las grandes”- tipo Martinsa-Fadesa- acuda a concurso de acreedores.
Concurso de Acreedores (III): ¿Cómo lo puede presentar un acreedor?
Como hemos visto en anteriores artículos, un acreedor también puede presentar una declaración de concurso. En este caso, estaríamos hablando de concurso necesario.
En la declaración de concurso necesario, el acreedor deberá indicar el origen, la naturaleza, el importe, las fechas de compra, las fechas de vencimiento y la situación actual del crédito, del cual habrá que presentar un documento acreditativo de que realmente existe ese crédito pendiente de cobro.
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Concurso de Acreedores (II): Solicitud por el propio deudor
Ya vimos en un artículo anterior que pueden solicitar el concurso de acreedores el propio deudor o uno de sus acreedores.
Si el concurso lo presenta el propio deudor, entonces estamos hablando de concurso voluntario, que es por ejemplo, lo que hizo Martinsa-Fadesa hace unos meses. Es la propia empresa o deudor la que admite que no puede hacer frente a sus deudas y presenta el concurso en el Juzgado de lo Mercantil que le corresponda.
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Los efectos impagados y los procedimientos concursales avalan la crisis
Hay muchas cifras que pueden demostrar los que todos sabemos, que estamos en crisis. Pero yo quería hacer hincapié en sólo dos de ellas: El número de efectos de comercio impagados y el número de procedimientos concursales. El primero está doblando las cifras de hace un año, y el segundo los está casi triplicando. Y no hay mejor forma de verlo que en un gráfico:
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Concurso de Acreedores (I): ¿Quién lo puede presentar?
Dentro del concurso de acreedores es importante saber quién puede solicitar el concurso, cuándo lo puede solicitar y cómo solicitarlo.
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El Registro de Resoluciones Concursales (RRC)
El Registro de Resoluciones Concursales (RRC) es un registro que proporciona información legal, a través de Internet, de situaciones concursales, tal y como está estipulado en el art. 198 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal y en su desarrollo reglamentario (Real Decreto 685/2005, de 10 de junio).
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Las empresas concursadas se disparan
Ahora que ya sabemos perfectamente que es un concurso de acreedores (véase el artículo Guía para entender el Concurso de Acreedores), simplemente os quería poner un poco en contexto de la realidad actual de este tipo de situaciones, ya que como es obvio, en tiempos de crisis los concursos de acreedores se disparan.