Los comerciantes minoristas y la Ley de Morosidad

Al comentar hace unos días la Ley de Morosidad, pasé por alto los plazos de pago para el comercio minorista, que están regulados por la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

El art. 17 de dicha Ley 7/1996 establece los plazos de pago a los proveedores, habiéndose actualizado algunos de sus apartados por la propia Ley de Morosidad, con lo que os podéis hacer una idea conforme los plazos andarán por los 30 días.

Según la Ley del Comercio Minorista, salvo que se pacte otra cosa, los comerciantes deben efectuar el pago del precio de las mercancías que compren antes de 30 días, contados desde la fecha de entrega. El comprador deberá documentar la entrega y recepción de la mercancía indicando la fecha en que se ha producido. Y el vendedor, deberá indicar en la factura la fecha exacta en que ha de efectuarse el pago, y si existiese una cláusula de reserva de dominio (acordada con anterioridad a la entrega) también deberá quedar constancia en la factura.

En el caso de productos frescos y perecederos, los aplazamientos de pago no podrán nunca sobrepasar los 30 días. Este plazo será de 60 días para el resto de productos de alimentación y gran consumo, que podrá incluso extenderse a los 90 días si ambas partes así lo acuerdan y si dicho exceso de aplazamiento supone una compensación económica para el vendedor.

Si hablamos de productos que no son frescos, ni perecederos, ni de alimentación ni de gran consumo y existe un aplazamiento en el pago que suponga más de 60 días el vendedor deberá recibir un instrumento de pago que lleve aparejada acción cambiaria, es decir, una letra, un cheque o un pagaré. Y en la factura se deberá indicar el vencimiento del instrumento de pago. Si el aplazamiento va más allá de 90 días, la letra, el cheque o el pagaré deberá ser endosable a la orden, es decir, que el vendedor que tenga, por ejemplo, el pagaré podrá endosarlo (darlo) a un tercero para que sea este tercero quien lo cobre. Y si nos vamos más allá de los 120 días de aplazamiento del pago, el vendedor podrá exigir que los instrumentos de pago queden garantizados mediante aval bancario o seguro de crédito o caución.

En cualquiera de todos estos casos, si llegado el vencimiento del pago, éste no se produce automáticamente la deuda empezará a generar intereses de demora, que será el tipo de interés de demora en operaciones comerciales (que ya tratamos en el artículo anterior sobre la Ley de Morosidad) o el que hayan pactado ambos comerciantes, aunque en ningún caso podrá ser inferior al interés legal incrementado en un 50%.

Y con esta pequeña puntualización ya sí que puedo dar por concluida la explicación de la Ley de Morosidad, aunque me gustaría saber si los comerciantes minoristas exigen realmente que se cumplan estos requisitos (plazos de pago, pedir los cheques o pagarés endosables, solicitar avales bancarios, etc.). Así que os animo a que nos contéis vuestras experiencias (Gracias de antemano) y así podremos saber de primera mano la verdadera operativa de los comerciantes, que muchas veces dista mucho de lo que se dice en papel.

Anticiparse a la morosidad

Es loable que una concejalía de un pequeño, aunque importante, pueblo de Almería actúe con previsora eficacia de cara a las empresas que allí están instaladas. Así, encontramos esta noticia sobre El Ejido, Almería. Iniciativas así son inéditas en el campo Estatal, cuyos responsables están como las vacas al tren:

La concejalía de Comercio realizó ayer el acto de clausura de los cursos de ‘Comercio electrónico para pymes’ y ‘Prevención y tratamiento de la morosidad en las pymes’. Gracias a este último una veintena de empresarios de El Ejido han recibido una importante formación. «Dada las difíciles circunstancias económicas que tenemos, consideramos que era interesante para las pequeñas y medianas empresas y para el comercio en particular dotarles de una herramienta necesaria y para que la morosidad no se convirtiera en un riesgo importante en las pymes», manifestó José Lázaro, concejal de Comercio del Ayuntamiento de El Ejido.

Uno de los objetivos del área de Comercio es evitar que las empresas ejidenses caigan en la morosidad y que, del mismo modo, evite que sus clientes sean morosos. «La documentación y la formación que se ha impartido con el curso servirá a los empresarios en su trabajo diario, puesto que el riesgo de la morosidad hay que tenerlo muy en cuenta y adelantárse a posibles inconvenientes que se deriven de la misma», añadió el edil de Comercio.

Tanto profesores como miembros de la Escuela de Organización Industrial, participante del curso, han destacado el alto nivel empresarial del cual dispone el municipio y han puntualizado la necesidad de aprovechar los cursos que se organizan en el Centro municipal de Iniciativas Empresariales.

Fuente: Ideal

Se aprueba la Ley de Modernización del Comercio en Madrid

Como estaba previsto, ayer se aprobó la Ley de Modernización del Comercio en la Comunidad de Madrid, por la cual se libera totalmente la apertura de horarios de los comercios en la provincia de Madrid.

Como ya comenté anteriormente, esta Ley está llena de polémica y prácticamente todo el mundo está en contra. Y la verdad no se muy bien porqué.

Los sindicatos hablan de destrucción de empresas, de miles de puestos de trabajo en peligro, etc. Como siempre, ante una medida liberalizadora los sindicatos se echan las manos a la cabeza. Sin embargo, desde mi punto de vista, esta medida puede ser muy beneficiosa para todos los comerciantes (grandes y pequeños), ya que así se podrán ajustar mejor a los horarios de los consumidores.

Si las grandes superficies comerciales amplían la apertura de sus comercios tendrán que contratar más gente, verdad? Y si contratan a más gente, el paro se reduce, verdad? Y eso es bueno, verdad?

Y por su parte, los pequeños comercios podrán adaptarse mejor y podrán abrir cuando estimen oportuno o cuando crean que la afluencia de gente será mayor. Ya no estarán obligados a abrir en unas determinadas horas aunque sepan que no va a haber ni un solo cliente.

Desde mi punto de vista, todo lo que sea liberalización es positivo y por tanto, esta Ley de Modernización del Comercio es positiva. Por supuesto, será positiva  siempre que se vigile la buena praxis de empresas y empresarios para evitar abusos, sobretodo, con los trabajadores. Por cierto, esta Ley no obliga a nadie a abrir las 24 horas, simplemente da la oportunidad de abrir cuando se quiera.

Bien es cierto, que yo no poseo un pequeño comercio y realmente no se que implicaciones reales podrá tener esta Ley. Habrá que esperar para ver los resultados. Si bien, agradecería que si alguno de vosotros tiene un pequeño comercio en Madrid, nos contase cómo ve esta Ley y cuáles son los pros y contras que ve en la misma.

¡Espero vuestros comentarios!

Las ventas del comercio registran cinco meses seguidos de caída

Parece que ahora todos tenemos claro que el milagro económico español se apoyaba en dos pilares de dudosa sofisticación: Consumo Interno y Sector Inmobiliario. Además, parece que ahora todos tenemos claro que la revalorización de los activos inmobiliarios ha permitido a las familias consumir más a costa de su endeudamiento.

En economía los mecanismos de transmisión, o relaciones causales, son inevitables. Por tanto, al estancarse el mercado inmobiliario, no han hecho falta muchos meses para que directamente se vea su impacto negativo en el consumo interno y especialmente en el comercio minorista.

Como muestra, la siguiente noticia leida en El Pais:

“El comercio ha entrado en una senda de descensos que amenaza con ser prolongada. Las ventas han caído un 3,4% en el último año, según los datos que hizo ayer públicos el Instituto Nacional de Estadística. Se trata del quinto descenso consecutivo en este indicador, que refleja la menor disposición de los consumidores a gastar. La cifra es más significativa si se tiene en cuenta que elimina el efecto de la inflación y las diferencias de días hábiles entre el mes pasado y abril de 2007.

Los bienes más afectados por esta caída de las ventas son los de equipamiento del hogar (muebles, electrodomésticos, ordenadores…), más caros y prescindibles. Por el contrario, la alimentación aún crece un 1,2%.

La atonía del consumo alcanza a casi todos los negocios. De momento, sólo se salvan las grandes cadenas (las que tienen un mínimo de 25 locales), que logran un alza del 5,9%. No ocurre lo mismo con las grandes superficies (locales con más de 2.500 metros cuadrados), las más castigadas por la nueva coyuntura, con un descenso del 2,3% en las ventas. “

¿Queremos libertad total de horarios?

 

Llevamos ya un tiempo oyendo hablar de la idea de liberalizar totalmente los horarios comerciales y es un tema que suscita grandes polémicas. Yo desde luego, entiendo que es mejor (en general) la liberalización que la restricción, pero claro, una liberalización con control.

Desde el punto de vista del consumidor, me parece perfecto que a cualquier hora y cualquier día puedas ir de compras, ya que en muchos casos, el trabajo te deja muy poco tiempo libre, y a veces el simple hecho de ir a hacer la compra se vuelve en un imposible si sólo dispones del domingo como día libre. Desde el punto de vista del comerciante, pues tenemos dos visiones. Los grandes están encantados, ya que, dado que los españoles somos bastante nocturnos, seguro que siempre tendrán clientes. Y sobretodo, al ser grandes pueden asumir los costes de tener abierto todo el día o que un mes no se venda nada en horarios “no normales”. 

Y en el otro lado están los pequeños comerciantes, que con esta medida sienten que antes o después serán fagotizados por los “grandes”. Y puede que tengan razón, aunque también he leído en algún medio nacional, que en Madrid, desde que se están liberalizando los horarios comerciales (se pueden abrir 22 festivos al año y en la zona centro se pueden abrir todos los festivos), el número de pequeños comercios ha crecido, mientras que en otras comunidades más restrictivas, como Cataluña, se destruyen. Desde luego, que yo sepa no hay ningún pequeño comerciante que apoye la liberalización, y digo yo que será por algo… ¿o no?