Una de las primeras cosas claras que hay que tener a la hora de tratar con morosos es que no todos los morosos son iguales. Por tanto, a la hora de realizar las pertinentes gestiones de recobro no habrá que tratarlos a todos por igual ni habrá que realizar las mismas acciones.
No es lo mismo reclamar el pago de 100 euros que de 100.000. No es lo mismo un cliente de nuestra misma ciudad que un cliente de la otra punta del país. No es lo mismo un cliente que es la primera vez que nos impaga, que uno reincidente. Y no es lo mismo un cliente “de toda la vida” que un cliente nuevo o relativamente nuevo.
Las acciones básicas para reclamar una deuda extrajudicialmente son:
Díselo seguro, díselo con un burofax
Una de las formas más eficientes y seguras para enviar cualquier tipo de notificación o documentación a alguien y que, además, quede constancia del envío, de su recepción y del contenido de la notificación es el burofax.
El burofax no sólo supone el envío urgente de la carta o documentación que enviemos, sino que además supone una prueba fehaciente de su envío frente a terceros (por ejemplo, ante a un juez). Es decir, el burofax tiene plena validez legal como prueba del envío de una documentación a un cliente o proveedor. Obviamente, para que su capacidad probatoria sea máxima, el burofax debe ser con acuse de recibo y con copia certificada del contenido, lo que nos proporciona una copia autentificada del contenido de los documentos enviados por Burofax.
Reclamación de Impagados: Segundas Cartas
En un post anterior (Reclamación de Impagados: Por Carta) comenté como debe realizarse una reclamación a un moroso por carta.
Una ventaja que se olvidó comentar en el artículo anterior es que se pueden hacer cartas masivas, es decir, si tenemos un alto número de impagos (que espero que no) con una plantilla como la que puse de ejemplo, se puede crear una carta tipo que se puede imprimir y enviar de forma masiva. Esta carta masiva es útil cuando se tienen muchos impagos y de escaso importe, ya que el andar llamando por teléfono a cada uno de los morosos puede ser una tarea muy ardua y, sobretodo, costosa.
Como ya decía entonces, las probabilidades de éxito son bajas, si bien, siempre merece la pena intentarlo y si en una primera carta no obtenemos respuesta, no está de más realizar un segundo intento.
Esta vez, la carta debe ser algo más contundente y además de los datos relativos a la deuda (factura, vencimiento, importe, etc.) hay que indicar una fecha límite (o un número de días concretos: 10 días, 15 días, etc.) y también hay que hacer referencia a la primera comunicación. (Ejemplo 1 / Ejemplo 2)
Si esta segunda carta tampoco da resultado, ya pasaríamos a la tercera, donde ya podemos exigir el cobro y “amenazar” con acciones más allá de las amistosas (Ejemplo 3).
Obviamente, nos podemos pasar toda la vida enviando cartas, pero en mi opinión si con tres cartas no te han pagado, no creo que se paguen por una cuarta y una quinta, etc.
Lo mejor es enviar dos cartas, o tres a lo sumo, más una carta final en la que ya damos por hecho el impago y comunicamos nuestra disposición a emprender acciones judiciales (Ejemplo 4).
Esta última carta sería aconsejable que fuera un requerimiento al deudor (véase el artículo Cómo demostrar una deuda: El requerimiento al deudor), para que en caso de llegar a juicio tengamos un prueba fehaciente de que el moroso conocía su deuda a aún así no la pagó.
¡Espero que os sirva de ayuda¡