No nos tachen de agoreros: hoy las pymes buscan en internet modelos de carta para reclamación de impagados, búsqueda de informes de empresas e interpretación de ratios o balances. De lo cual se podría deducir que dentro de unos meses muchos de esos problemas que provocan dichas búsquedas, se habrán convertido en deudas de más que dudoso cobro para muchas empresas, las cuales se plantearán la solución de externalizar el problema y contratar una empresa de recobro. Antes de hacerlo, le recomendamos que tenga en cuenta los siguientes consejos:
1. Entregar el impago para su gestión a las empresas externas antes de que hayan pasado seis meses desde los vencimientos de las facturas.
2. Utilizar empresas de recobro con solvencia, establecidas hace tiempo y consolidadas en el mercado, y que trabajen correctamente dentro de la legalidad, siguiendo un código ético y preferentemente afiliadas a una de las patronales del sector de cobros.
3. Pactar un porcentaje sobre importes recuperados basado en el principio internacional de “si no hay resultados no hay pago”.
4. Comprobar que los honorarios de la gestora de cobros son transparentes, claros y coherentes con las tarifas del mercado, en función de los importes que hay que recuperar, la antigüedad de la deuda y el número de expedientes que se entregan para su gestión.
5. Evitar empresas que cobren honorarios anticipados a la firma del contrato o soliciten una cuota de abono mensual fija obligatoria en función de un contrato anual.
6. La mejor fuente de información sobre la eficacia de una gestora de cobros la constituyen las empresas que utilizan sus servicios desde hace tiempo, por lo que las referencias a otros clientes sobre la calidad de los servicios son un indicativo.
7. Pedir un informe mensual sobre el resultado de la gestión de los expedientes entregados a la gestora de cobros, teniendo en cuenta que el tiempo máximo para obtener resultados en una gestión extrajudicial no debe superar los 90 días, puesto que tres meses es tiempo suficiente para saber si la deuda es incobrable, conseguir el pago total de la deuda o, al menos, obtener algún pago parcial a cuenta.
8. Remunerar adecuadamente a la empresa de recobros y no realizar la selección en función de las empresas que ofrecen las tarifas más baratas ya que, generalmente, una tarifa baja implica, en este sector, un servicio mediocre.
Siento diferir completamente respecto a varios puntos tratados en este Post.
La actual situación económica de las pymes y de los profesionales requiere que estos dispongan de una solución efectiva y a bajo coste que se salga de los estándares del “si no hay cobro, no hay pago”, puesto que bajo mi criterio y el de la compañía al que represento, esto no es más que un cobro a posteriori enmascarado de carácter abusivo que se ensaña con las micropymes y autónomos cuyas deudas no suelen superar los 3.000€.
Conozco varios casos de compañías que a acreedores con deudas recuperadas de cantidades bajas, han llegado a repercutirles comisiones de hasta el 60%.
Bajo mi criterio, esto roza la ilegalidad y la inmoralidad aprovechando la desesperada situación de aquellas empresas que no logran recuperar aquellos saldos a su favor, que en muchos casos, supone su propio músculo financiero para poder seguir ejerciendo actividad empresarial.
Las soluciones de recobro eficaces deben de basarse en plataformas tecnológicas ágiles y eficientes que informen constantemente al cliente de la evolución de su expediente.
Deben ser soluciones que trabajen con intensidad, diligencia y con códigos de conducta y deontológicos establecidos regidos por un trato al deudor dentro de los más estrictos términos de legalidad, ética y moralidad así como de respeto hacia su persona o identidad jurídica.
Deben de afrontar la gestión de cobro de la deuda a través de vías extrajudiciales y judiciales en un mismo nivel de intensidad y ante todo debe de ofertar este servicio al cliente final a un coste mínimo y exento de cuotas o comisiones.
Saludos
…
Algo que en este momento es mas que obvio. Es la aparición, casi diaria, de impagados en empresas de todos los sectores, construcción, químicos, metal, alimentación, hostelería, consultorías…
Que es lo primero que, una vez incumplido el plazo de pago e identificada la falta de voluntad/solvencia transitoria del deudor, debe hacer el acreedor. Entendemos que a través de medios internos, ya han intentado la recuperación del crédito.
Puede contratar una empresa especializada, pero especializada en que?. En hacer llamadas, en iniciar una acción judicial como el “Monitorio”, en el envió de cartas, o en la visita personal.
También puede formar su propio equipo o contratar a un Especialista para su departamento financiero o de crédito.
Decidir que intervención es la mas apropiada, requiere de cierto conocimiento técnico sobre la deuda en cuestión.
Seria indiferente iniciar la reclamación, por cualquier método?
En caso de iniciar mal una reclamación. Podemos dificultar o perder el cobro?
Utilizando un símil futbolístico, podríamos decir que hay que meter gol. Pero con que estrategia y jugadores?
Método…
Gracias.