Adiós al BORME en Papel

El pasado mes de noviembre comentamos la publicación en el BOE del Real Decreto que acababa con la edición en papel del Boletón Oficial del Registro Mercantil.

Dicho Real Decreto ha entrado en vigor el pasado 1 de Enero de 2009. Para las empresas dedicadas a la recopilación y tratamiento de información de sociedades, el BORME es una fuente esencial de información. Por ello, este cambio tiene un impacto muy importante en la forma que se trata la información. A partir de ahora el BORME sólo será accesible a través de Internet, lo cual facitilará su tratamiento.

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Las deudas siguen y siguen creciendo

Hoy ha publicado el Instituto Nacional de Estadística (INE) las cifras de los efectos de comercio impagados del mes de octubre, y como se esperaba siguen en aumento. El número de efectos impagados sigue subiendo al mismo ritmo que los últimos meses, pero lo más llamativo es el importe de los mismos, que ha superado con creces los dos mil millones hasta superar los 2.300 millones de euros, lo que supone una media de 3.464 euros por efecto, que se dice pronto.
Cada vez más efectos son impagados y cada vez el importe de los mismos es mayor, lo que supone que cada vez más las empresas dejan de cobrar más dinero.

Medidas de ahogo para las Pymes

Estamos todos expectantes ante la resolución que tome el Tribunal Supremo la semana que viene sobre un par de aspectos de la Ley Concursal que han presentado la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, que de prosperar supondrá de nuevo un claro y grave perjuicio contra las Pymes que quieran cobrar los créditos deudores de las empresas que presenten concurso de acreedores, que pueden verse relegados a las últimas posiciones en caso de liquidación de la empresa acreedora.

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El BORME se desmaterializa

Ayer se publicó en el BOE el Real Decreto 1979/2008, de 28 de noviembre, por el que se regula la edición electrónica del “Boletín Oficial del Registro Mercantil” (BORME), y por el cual, el BORME pasa a ser digital, desapareciendo su versión en papel. Pero, ¿sabemos qué es el BORME? Por si no lo sabes o no lo tienes claro, aquí va una pequeña explicación.
El BORME es un instrumento de publicidad mercantil que recogerá toda la información relevante sobre cualquier sociedad mercantil. Básicamente el BORME se nutrirá del propio Boletín Oficial del Estado (BOE) y de los Registros Mercantiles Provinciales y Central.
El BORME se divide en dos secciones:

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¿Cómo contrato un servicio de factoring?

Para beneficiarse de las ventajas que ofrece el factoring simplemente tienes que acercarte a tu entidad de crédito y solicitar el servicio. Entre la entidad y tú tendréis que estudiar los términos del contrato que más se ajusten a las necesidades de tu empresa.
De momento, para solicitar el factoring necesitarás:

  • Los datos e información de tu empresa.
  • Los datos e información de tus clientes (todos o aquellos que quieres incluir en el contrato).
  • Las ventas previstas para el año.
  • Las facturas al mes que querrás incluir (el importe que querrás incluir en el contrato).
  • Las formas de cobro que aceptas (cheques, pagarés, transferencias, etc.).
  • El periodo medio de cobro (30 días, 60 días, etc.).

Con estos datos básicos, la entidad podrá ponerse manos a la obra para poder evaluar la concesión del servicio de factoring. Para ello, la entidad analizará tu empresa, analizará a tus clientes (sobretodo su solvencia) y las condiciones propuestas.
Según todos estos factores, la entidad de factoring ofrecerá unas condiciones para el contrato, donde se indicarán los gastos y comisiones que conlleva. Estos costes dependerá del volumen, de los clientes, del plazo de cobro, de si es factoring con o sin recurso, etc. Por supuesto, la entidad de factoring podrá negarse a aceptar a un cliente determinado, podrá rebajar el importe total de las facturas, etc. Ahí ya sólo queda negociar con la entidad de factoring para que el contrato y sus condiciones se asemejen a lo que necesitamos.
Y una vez que firmes el contrato de factoring, deberás enviar una carta a todos los clientes indicando la existencia de este contrato, por lo que deberán realizar los pagos directamente a la entidad de factoring. Tranquilo, la propia entidad te dará una carta-tipo.
Obviamente, el factoring no está dirigido a cualquier tipo de empresa y será más adecuado para unas empresas que para otras. Será más fácil conseguir el factoring si tu empresa vende a otras empresas u organismos públicos (no a clientes particulares), si vendes a plazo y tienes una política de pago a plazos establecida, si tus clientes son compradores recurrentes- es decir, que compran periódicamente-, etc.
Como ves, el procedimiento es muy sencillo, y no se pierde nada por acercarse al banco o caja y preguntar por este servicio. Te puede ahorrar tiempo y dinero.

¿Cuánto cuesta en España despedir a un trabajador?

Cuando despedimos a un trabajador, el despido puede ser considerado procedente e improcedente. Será procedente si se ha despedido por una causa justificada (objetiva o disciplinaria) e improcedente por lo contrario, es decir, por despedirle sin causa justificada, por despedirle “por que sí”.

Veamos lo que cuesta en España el despido.

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Causas objetivas para despedir a un trabajador

En estos momentos de tantas dificultades económicas y financieras, muchas empresas no tienen más remedio que acudir al despido de alguno (o varios) de sus trabajadores para poder subsistir… o al menos intentarlo.
El despido en la legislación española puede considerarse objetivo o disciplinario. No se puede despedir así porque sí, sino que debe despedirse a los trabajadores por una casua objetiva o disciplinaria. En este artículo me centraré en el despido objetivo.
Las causas objetivas para el despido son:

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La vivienda sigue en caída libre

Hoy ha publicado hoy el INE los datos de septiembre sobre las ventas de viviendas, y como era obvio, las ventas siguen cayendo.

Si hace un año se vendieron 62.862 viviendas en septiembre, este septiembre pasado sólo se han vendido 45.809. Un 27,13% menos. Pero si nos fijamos en los datos de los últimos 12 meses, veremos que donde más se recortan las ventas es en las viviendas usadas. Mientras que la venta de viviendas nuevas ha descendido un 10% (que no es poco), la venta de usadas ha descendido un 40%.

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Los Embargos en España se Disparan

embargo españa 2008Un nuevo informe muestra el crecimiento desbocado de los embargos a empresas en España durante 2008.

Durante los diez primeros meses de 2008, los  embargos ha crecido un 11% respecto al mismo período de 2007: de 95.584 embargos en toda España a 106.474.

Por comunidades autónomas, sorprenden el País Vasco, con un incremento del 51%, y Baleares, con un incremento del 50% en el número de embargos.

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El alarmante crecimiento de la morosidad es cada vez más alarmante

Los últimos datos publicados por el Banco de España sobre los créditos concedidos, los créditos dudosos (es decir, que no se saben si se van a recuperar y que son los que se tienen en cuenta para calcular la ratio de morosidad) y los créditos impagados confirman la tendencia alcista de la morosidad en España, que en septiembre se ha situado en el 2,637%, y la tendencia es que siga subiendo.

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Las Subprime, la Crisis y los Pecados de las Agencias de Rating

Una de los principales actores que han incidido en esta crisis han sido las agencias de calificación crediticia o de rating. En concreto Standard & Poor’s, Moody’s Investor y Fitch Ratings, las más importantes del mundo.

Estas tres compañías tienen la misión de evaluar la calidad de la deuda (bonos y obligaciones, tanto privados como públicos) y la fiabilidad de las compañías emisoras de dicha deuda (tanto empresas o bancos privados como organismos públicos).

Durante años, estas tres agencias de calificación realizaron su cometido a la perfección, y ellas evaluaban los riesgos de cualquier bono, obligación, entidad, banco, etc. y los calificaba, indicando la fiabilidad del bono o del emisor.

Si una de estas agencias calificaba un bono con la máxima calificación (AAA o Aaa, dependiendo de la agencia), el inversor se despreocupaba del riesgo de impago, y sabía que tenía (casi) asegurada su inversión (es decir, que la probabilidad de cobrar los intereses y el principal de bono a vencimiento eran del 100% o muy cerca).

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Las PYMES, Los IVAs, Hacienda y la Crisis

Los Videoposts de Juan Martin no tienen desperdicio: Además de sufrir la morosidad indefensas, las Pymes se encuentran con la máquina pública de recaudar el IVA trimestre a trimestre: Siempre antes de haber cobrado las facturas que originaron el hecho impositivo.

El otro lado de la moneda está en los pagos que realiza el Sector Público: la Administración paga tarde y mal.  El incumplimiento del principio jurídico de reciprocidad entre Administración y Administrados ahoga a los emprendedores.