Nuevo Informe de Riesgo de Empresas

Se presenta un nuevo Informe de Riesgo de Empresas, especialmente indicado para las operaciones comerciales con nuevos clientes o ampliaciones de crédito de riesgo moderado.

El informe incluye una completa ficha identificativa sobre la entidad analizada, en la que se detallan las actividades que realiza, su fecha de constitución, nombre comercial, tamaño, presencia geográfica a través de las distintas delegaciones, composición de la plantilla, órganos sociales activos y directivos, etc. Además, el informe permite la consulta online al fichero RAI, el mayor registro de impagados en España.

El contexto de incertidumbre económica está obligando a las compañías a prestar una especial atención a la información contable de las empresas y profesionales autónomos con los que negocia. Para que el cliente pueda predecir los riesgos de insolvencia y establecer la calificación de crédito, se identifica el grupo de riesgo y la probabilidad de incumplimiento de pago, así como una comparativa de riesgo de la empresa analizada dentro de su sector (con distribución del riesgo en el sector y la posición competitiva de la empresa) y en el conjunto de la economía. La calificación de crédito se basa en la clasificación de crédito comercial recomendado, con un completo resumen sobre la calificación financiera y económica, mercantil, incidencias judiciales (con enlace al documento original) y fundamentos objetivos de la calificación.

Además, estas recomendaciones sobre el riesgo, se completan con un resumen ejecutivo que incluye tanto los datos registrales como el resumen cronológico de actos mercantiles, notificaciones de reclamaciones, resoluciones y sentencias que afectan a la sociedad analizada, principales cambios históricos, evolución del capital suscrito y desembolsado actualizado. El informe incorpora asimismo la información sobre los cuatro últimos depósitos de cuentas presentadas incluyendo el extracto del activo y del pasivo, y cuenta de resultados, una información exclusiva que no ofrecen otros informes del mercado.

Este nuevo informe de riesgo permite tomar decisiones rápidas en el ambiente de morosidad que actualmente viven las empresas al realizar cualquier operación comercial. Es evidente que el contexto de incertidumbre económica está obligando a las compañías a prestar una especial atención a la información contable de las empresas y profesionales autónomos con los que negocia.

Agencias de Rating: ¿Sirven para algo?… Sí

Las agencias de ‘rating’ han sido acusadas de no detectar a tiempo los problemas de impago de las hipotecas de alto riesgo y de tener por ello una gran responsabilidad en la crisis financiera.

Por ello, los Gobiernos han diseñado de una serie de medidas que afectan directamente a la actividad de las agencias de calificación, con el fin de evitar los posibles confilictos de intereses y la exigencia de una mayor transparencia en el proceso de elaboración de los “ratings”.

Por su parte, las agencias de “rating” están reaccionando: Standard and Poors ha publicado un informe que defiende la independencia de análisis y la ausencia de los conflictos de intereses en las agencias de calificación. En dicho informe, la agencia reconoce que se han producido ciertos errores en el pasado, aunque argumenta con fuerza que sus ratings han sido útiles para los inversores durante 90 años.

Standard & Poor’s ha tirado de datos históricos y muestra el porcentaje de fallidos sobre emisiones corporativas con rating, desde 1981 a 2008. Según estos datos, el rating asignado y el porcentaje de impago guardan estrecha relación a lo largo del tiempo: Sólo el 0,65% de las emisiones calificadas con AAA han tenido problemas de impago pasados 15 años, mientras que casi el 53% de las emisiones calificadas dentro del rango de la C han dejado de pagar.

Los impagos repuntan en marzo

La morosidad, medida sobre la base de los efectos de comercio impagados, vuelve a repuntar en marzo, según los datos publicados por el INE. En marzo, 573.467 efectos se impagaron, un 4,30% más que en febrero y un 18% más que hace un año. El importe medio de estos efectos de comercio impagados ha vuelto a superar los 3.000 euros (3.016,74), lo que eleva el total de deudas no pagadas hasta los 1.730 millones de euros.

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La tasa de morosidad de los inmigrantes se dispara

La tasa de morosidad hipotecaria de los inmigrantes se eleva al 12,5 por ciento, frente a la del resto de residentes, del 1,6 por ciento, según los datos del último Boletín Financiero del Banco de España, que resalta la “significativamente” mayor tasa de impago de los extranjeros con crédito para la compra de vivienda.

El Banco de España explica que la mayor morosidad del crédito hipotecario a residentes extranjeros se debe probablemente a que se trata de un área de negocio relativamente nueva para las entidades españolas, ya que esta población ha crecido con intensidad en los últimos años.
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Raghuram Rajan: Regulación financiera a prueba de ciclos

Raghuram Rajan es un famoso economista nacido en India, ex economista jefe del FMI: sus estudios se centran en el crecimiento y la influencia ejercida por los ciclos financieros. Su voz es una de las más escuchadas a la hora de diseñar medidas para combatir la crisis financiera actual.

Ahora que todos nos hemos convertido en partidarios de la regulación de los mercados, Rajan duda de que esas medidas sirvan para salvar las economías mundiales de futuras crisis, cuando el pesimismo actual se supere y vuelva la euforia a la economía.

Por ello propone una solución de regulación flexible a prueba de estados de ánimo y de ciclos alcistas y bajistas. Una regulación que permita al sistema financiero protegerse de las crisis y no impida el desarrollo en épocas expansivas:

Esta crisis ha nacido de otras anteriores: Rusia, Argentina, Brasil, México, etc. A raíz de esas crisis los países emergentes tuvieron más cuidado de usar capital extranjero para financiar su demanda interna como venían haciendo. Así, los países emergentes optaron por reducir su inversión, no endeudarse tanto y apostar por un crecimiento más ordenado.

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Banco de España: La morosidad bancaria entra en una nueva etapa

El “ciclo de morosidad” ha concluído una primera etapa de la crisis, en la cual el aumento de morosidad bancaria era debido principalmente al derumbe de las promotoras endeudadas hasta los huesos. En la actualidad la economía se encuentra en una nueva fase donde el aumento de la morosidad se debe más al incremento del desempleo producido en los últimos meses y su consecuente reflejo en los impagos de los créditos al consumo.

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Las quiebras empresariales se cuadruplican

El INE ha publicado hoy los datos sobre los concursos acreedores presentados en el primer trimestre de este año, y los datos no pueden ser peores. Durante los tres primeros meses de 2009 un total de 1.558 empresas, autónomos y familias entraron en quiebra.


Estas cifras suponen un 44% más que en el último trimestre de 2008, un 266,59% más que hace un año y un 554,62% más que en el primer trimestre de 2007. Con estas cifras, sumadas a las cifras del paro, de la deflación, del decrecimiento económico, etc. no me entra en la cabeza como el Gobierno (que se supone que es de todos) sigue pidiéndonos confianza y sigue diciendo que pronto saldremos de la crisis. Desde luego, algún día saldremos, pero no creo que sea por las medidas que el Gobierno ha tomado, está tomando o tomará en un futuro.

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El crédito documentario: Garantía máxima de cobro en las operaciones comerciales internacionales

A la hora de realizar transacciones con el exterior la mejor forma de poder garantizar el cobro es a través de un crédito documentario. La principal garantía que ofrece este instrumento, tanto a exportadores como importadores, es la intermediación de una o varias entidades de crédito.

En el crédito documentario actúan el comprador (importador), que es quien pagará, el vendedor (exportador), que es quien recibirá el pago, y (al menos) una entidad de crédito. Quien contrata el crédito documentario es el pagador, es decir, el importador, que solicitará a su banco la apertura de un crédito documentario a favor del exportador y por el importe convenido. Una vez que se conceda dicho crédito documentario, se le notificará al exportador dicha apertura del crédito, momento en el cual procederá al envío de las mercancías vendidas. Es decir, las mercancías no se envían al extranjero hasta que no se recibe la notificación de que el crédito documentario ha sido abierto a su favor. Y la apertura de un crédito documentario abierto a nuestro favor, implica, por tanto, que la entidad de crédito se compromete a pagarnos el importe de las facturas correspondientes a dicha operación.

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Reduce tu periodo medio de cobro

Uno de los factores que torpedean la liquidez de una empresa no sólo es la morosidad, si no también los retrasos en los pagos. Retrasos en los pagos en los que no siempre es culpa del deudor o no siempre es porque el deudor no quiera pagar.
Lo que tarda una empresa en cobrar sus deudas se mide a través del período medio de cobro, y podemos reducir este tiempo mediante un nuevo instrumento, muy sencillo y fiable: La factura electrónica o e-Factura.

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No todos los morosos son iguales

Una de las primeras cosas claras que hay que tener a la hora de tratar con morosos es que no todos los morosos son iguales. Por tanto, a la hora de realizar las pertinentes gestiones de recobro no habrá que tratarlos a todos por igual ni habrá que realizar las mismas acciones.
No es lo mismo reclamar el pago de 100 euros que de 100.000. No es lo mismo un cliente de nuestra misma ciudad que un cliente de la otra punta del país. No es lo mismo un cliente que es la primera vez que nos impaga, que uno reincidente. Y no es lo mismo un cliente “de toda la vida” que un cliente nuevo o relativamente nuevo.
Las acciones básicas para reclamar una deuda extrajudicialmente son:

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Confirming vs. Factoring

En un estudio reciente del Consejo Superior de las Cámaras de Comercio españolas, al cual aludíamos en un artículo anterior, me sorprendía que un gran número de empresas españolas desconoce lo que es el factoring y el confirming. De hecho, muchos empresarios confunden ambos términos o se creen que son lo mismo.

Y nada más lejos de la realidad. Uno sirve para pagar y otro para cobrar. No voy a entrar en un análisis pormenorizado de la mecánica de cada uno de ellos (ya lo hice en dos artículos anteriores: Confirming; Factoring), pero sí quiero hacer un enfoque más práctico o realista de lo que supone tenerlos nosotros o que los tengan nuestros clientes y/o proveedores.

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