El Pagaré (II): ¿Cuándo lo puedo cobrar?

El pagaré, a diferencia del cheque, no es pagadero a la vista, es decir, no lo podemos cobrar en cuanto nos lo den, si no que hay que esperar a su vencimiento.

En el pagaré hay que indicar su fecha de vencimiento, es decir, cuándo queremos que se cobre el pagaré. Y hasta la fecha indicada, el tenedor del pagaré no podrá cobrarlo (salvo que lo descuente, pero ese concepto ya lo trataré en otro momento).

El pagaré se podrá cobrar el día de su vencimiento o los dos días hábiles siguientes. En principio, el pagaré podrá presentarse fuera de ese plazo, si bien, una vez pasado ya no podrá levantase el protesto efectuar la declaración equivalente. Lo cual podría complicar un poco el cobro del pagaré, aunque en ningún caso, el tenedor del pagaré perderás sus acciones cambiarias (siempre y cuando no haya prescrito, claro).

Los efectos impagados y los procedimientos concursales avalan la crisis

Hay muchas cifras que pueden demostrar los que todos sabemos, que estamos en crisis. Pero yo quería hacer hincapié en sólo dos de ellas: El número de efectos de comercio impagados y el número de procedimientos concursales. El primero está doblando las cifras de hace un año, y el segundo los está casi triplicando. Y no hay mejor forma de verlo que en un gráfico:

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Recetas para sobrevivir a la crisis

En estos momentos de crisis mundial, nos encontramos que a quien más afecta esta situación de crisis es a las pequeñas y medianas empresas. Las Pymes están pasando por grandes apuros para subsistir en el día a día y la crisis ha golpeado en su línea de flotación, que no es otra que la tesorería, la liquidez… en definitiva el circulante de la empresa, que disminuye a pasos agigantados y provoca que una empresa totalmente viable, se vea avocada al cierre por no poder pagar sus deudas más inmediatas. Tres son las principales causas y varias son las recetas que podemos utilizar para salir de esta situación.

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El Sistema Financiero Español, en el puesto 20 en el Ranking Mundial

informe competitividad mundialEl World Economic Forum acaba de publicar su Informe sobre Competitividad Global en el que sitúa al sistema bancario español en el número 20 sobre todos los sistemas financieros mundiales.

El informe (World Economic Forum’s Global Competitiveness Report) puntúa a las entidades financieras a nivel mundial entre 1 (insolvente y con posibilidades de necesitar un rescate gubernamental) y 7 (saneado, con fuerte situación patrimonial).

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Los Billetes de 500 y El Fondo de Ayuda a la Banca

La ley de IRPF de 1991 incorporaba la posibilidad de comprar Pagarés del Estado a 6 años con un tipo de interés sorprendentemente bajo para la época, el 2%, cuando los tipos de interés oficiales eran varias veces superiores.

A esta emisión de deuda se le denominó Deuda Pública Especial y se suscribieron cerca de 5.000 millones de Euros (800.000 Mill. Ptas): una cantidad muy elevada para tan baja rentabilidad.

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Periodo Medio de Pago: Grandes y Pequeñas Empresas

La función de la Central de Balances del Banco de España es recopilar y mantener información económico-financiera sobre la actividad de las empresas no financieras españolas. Es una fuente de información esencial para evaluar la situación de las empresas españolas y la actividad económica del país.

El gráfico inferior está tomado del último informe anual de dicho organismo y refleja el periodo medio de cobro y pago de las empresas no financieras. En él se observa que las empresas grandes pagan y cobran en un plazo sensiblemente menor que las pymes. Las causas pueden ser :
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¿Qué son los Credit Default Swaps (CDS’s)?

Ahora está muy de moda hablar de los credit default swaps o CDS de los bancos y cajas de ahorro, pero ¿alguien sabe qué son?

Obviamente, podría daros una definición financiera y técnica, que harían que quedara como un experto, pero que no os serviría de nada. Así que mejor, vayamos con una explicación clara y sencilla que todos podamos entender.

Los Credit Default Swaps son básicamente contratos de seguros en los que lo que se asegura son ciertos instrumentos financieros en caso de impago por parte del emisor. Normalmente estos seguros se aplican a deuda pública, deuda privada y títulos hipotecarios. Son los bancos, hedge funds, grandes aseguradoras, etc. los que venden estos seguros a las entidades financieras que han comprado dichos activos de deuda y estas entidades pagarán una prima por la cual se aseguran la devolución de sus inversiones en caso de impago del emisor. De esta forma, si el emisor de la deuda quiebra, la entidad que ha contratado el Credit Default Swap recuperará su inversión.

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Fondo de Garantía de Depósitos: Comparativa por Países

Fondo Garantia Depositos. Comparativa Paises

El Fondo de Garantía de Depósitos español garantiza hasta 20.000 euros por depositante, cantidad que parece insuficiente si se compara con las garantías existentes en paises de nuestro entorno.

Durante los últimos días varias organizaciones de consumidores y sindicatos han solicitado que se revise dicha garantía al alza a lo que el ministro de economía se ha negado, como era de esperar. En España la garantía del FGD tiene contrapartida: el fondo se dota de forma efectiva, lo que no ocurre en todos los paises.

En la situación actual, aumentar la cantidad garantizada en España, implicaría una redución del dinero disponible en las entidades y por tanto un aumento de las necesidades de financiación.

El Fondo de Garantía de Depósitos se nutre de la aportación de bancos, cajas y cooperativas de crédito anualmente: un 0,6 por mil de sus depósitos en el caso de los bancos; un 0,4 por mil en el de las cajas; y un 0,8 por mil en el de las cooperativas de crédito. En la actualidad el fondo está dotado con más de 6.000 millones de euros.

El grado de generosidad difere de forma sorprendente de un pais a otro: Desde Noruega, donde la garantía  llega a los 250.000 euros, pasando por Holanda (bajo cuyo amparo se encuentran los depósitos españoles en ING Direct) que es de 38.000 euros, hasta Australia donde parece que no existen garantías.

España no aparece en el gráfico adjunto, pero  está al mismo nivel de Alemania, con el mínimo exigido por la Unión Europea:  28.000 dólares al cambio. Para valorar el gráfico adecuadamente, habría que saber hasta qué punto los 150.000 dólares de garantía en México son mejores que los 20.000 euros de Alemania, ya que la dotación efectiva de un fondo, seguridad jurídica, plazos de pago, ect. pueden ser distintos.

Por último, conviene recordar que durante la última gran crisis financiera en España, la de Banesto en 1.993, no se utilizó el FGD  sino que fue directamente el Gobierno quien garantizó la totalidad de los depósitos.

Nota de Actualización. 8-oct-08:

La falta de coordinación de políticas económicas en Europa y la competencia entre sus Estados Miembros, ha provocado el anuncio del aumento de las garantías que cada uno de los paises ofrece en sus depósitos. Parece que se incrementará la cobertura hasta los 40.000 euros como mínimo en toda la Unión Europea y 100.000 euros en España.