Si estás pensando en montar una empresa pero crees que todavía no es el mejor momento para dar el paso definitivo y tienes el dinero esperando en el banco para cuando la situación mejore, tienes un tipo de cuenta de ahorro que te dará una mayor rentabilidad que una cuenta corriente normal y, además, desgravará fiscalmente (lo cual, nunca viene mal). Se trata de las cuentas ahorro-empresa, que en nuestro país existen ya desde hace unos cuantos años, aunque no todo el mundo conoce de su existencia.
Estas cuenta ahorro-empresa son muy similares a las populares cuentas ahorro-vivienda, salvo que en vez de ahorrar para comprar un piso, estaríamos ahorrando para abrir una nueva empresa.
Las cantidades invertidas/ahorradas en una cuanta ahorro-empresa tendrán una deducción fiscal del 15% en el IRPF, con un límite anual de 9.000 euros, por lo que te puedes ahorrar fiscalmente un total de 1.350 euros anuales, que no es poco. La duración de estas deducciones fiscales será de cuatro años (como ocurre con las cuentas ahorro-vivienda), con lo cual, en los cuatro años siguientes a la apertura de la cuenta ahorro vivienda habrá que crear una nueva empresa bajo la forma jurídica de Sociedad Limitada Nueva Empresa, y deberá tener al menos un empleado a jornada completa y deberá disponer de un local o sede comercial.
Una vez constituida la nueva empresa, los que se hayan beneficiado de las deducciones (es decir, los supuestos propietarios o accionistas) deberán destinar los fondos de la cuenta ahorro-empresa a comprar el inmovilizado necesario para ejercer la actividad de la empresa, en pagar los gastos de constitución y primer establecimiento y en pagar los gastos de los empleados (con contrato laboral, claro).
Otros requisitos que deben contar estas Nuevas Empresas es que al menos durante dos años deben ejercer la actividad en que consista su objeto social, deben tener un local y un empleado y deben mantener los activos comprados con el dinero de la cuenta ahorro-empresa. Es decir, no vale constituir la empresa y cerrarla a los 5 minutos, ya que con esta medida se pretende estimular el espíritu emprendedor y se pretende fomentar la creación de nuevas empresas. Cosa que actualmente puede resultar algo complicado y arriesgado.
Si se utiliza el dinero para otros fines o al pasar los cuatro años no se emplea el dinero en crear la empresa o si se transmitan inter vivos las participaciones dentro de los 2 años siguientes al inicio de la actividad de la Nueva Empresa, Hacienda nos reclamará la devolución de las cantidades deducidas. Por lo que habrá que estar seguro de que vamos a iniciar un negocio en cuatro años.
En España sigue habiendo grandes emprendedores, con ideas, nuevos proyectos e ilusiones, y con esta medida, el tiempo que se emplea en preparar y proyectar una nueva empresa puede resultar “algo más rentable” que el simple hecho de plasmar en word y excel una idea. Si además de preparar una nueva empresa, podemos desgravarnos en su desarrollo, pues bienvenido sea.
Desconocia su existencia. Interesante. gracias
Hay muchos servicios, muchas ayudas, etc. que están ahí que la mayoría de la gente desconoce. Y aquí entramos los profesionales de riesgoymorosidad, informando e intentando ayudar para facilitar la supervivencia de las empresas españolas, sobretodo a las Pymes, que muchas veces su principal problema es la falta de información.
Gracias Mario por leernos!