SEPA es el acrónimo en inglés de Single Euro Payments Area, es decir, Zona Única de Pagos en Euros. Esta Zona aspira a que dentro de todos los países de la Unión Eurpea cualquier pago en euros que realice tanto una persona particular como una empresa pueda realizarse en las mismas condiciones, con los mismos derechos y las mismas obligaciones independientemente del país de origen y de destino (siempre dentro de la zona SEPA). De una forma más clara, SEPA pretende que una transferencia (por ejemplo) de Madrid a Barcelona conlleve los mismos gastos, tarde lo mismo, etc. que si la transferencia se realiza de Madrid a Berlín.
SEPA se configura como un área unificada para pagos al por menor donde todos los pagos se traten como domésticos, y entre éstos se incluyen tanto las transferencias, como los adeudos directos y las tarjetas bancarias. Dentro de su ámbito de influencia se encuentran los 27 Estados de la UE más Noruega, Islandia, Suiza y Liechtenstein.
Por tanto, el objetivo de la SEPA no es únicamente mejorar los procesos en la realización de pagos en euros entre los distintos países, sino que pretende también desarrollar instrumentos, estándares, procedimientos e infraestructuras comunes y cuando SEPA sea una realidad, todos los pagos del ámbito de la SEPA serán considerados internos y desaparecerá la actual distinción entre pagos nacionales y transfronterizos.
El desarrollo del proyecto de la SEPA está capitaneado por el Consejo Europeo de Pagos (European Payments Council, EPC), el principal órgano de decisión y coordinación de la industria bancaria europea en esta materia. El EPC es el encargado de definir los nuevos instrumentos así como los estándares necesarios para garantizar la eficiencia de los pagos en la SEPA.
Hace un año, desde enero de 2008, los ciudadanos y empresas disponen de la posibilidad de realizar sus transferencias usando el nuevo instrumento SEPA (Transferencias SEPA), además de las transferencias nacionales existentes. Sin embargo, el adeudo directo paneuropeo no estará disponible hasta la transposición de la Directiva de Servicios de Pago (el 1 de noviembre de 2009), que garantice la necesaria seguridad jurídica. Finalmente, en lo relativo a las tarjetas de pago, el objetivo es eliminar las barreras de tipo legal, operativo y de negocio, de forma que se garantice la necesaria interoperabilidad y que este instrumento se pueda utilizar sin condicionantes geográficos.
De acuerdo con el calendario de la SEPA, para finales de 2010 los tres instrumentos de pago deben estar totalmente operativos y disponibles para todos los ciudadanos y empresas de los países que integran la SEPA.
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