Como hemos visto en un anterior post, la información del Registro de la Propiedad se puede consultar a través de notas simples y de certificaciones, cada una de las cuales contendrá una cierta cantidad de información sobre la finca consultada. En ambos casos, Axesor puede solicitar por usted la información de una forma sencilla, rápida y eficiente. ¿Pero qué información nos proporciona cada una de ellas?
Las notas simples contendrán tan sólo un extracto sucinto del contenido de los asientos vigentes relativos a la finca de que se trate, donde conste la identificación de la misma, la identidad del titular o titulares de derechos inscritas y la extensión, naturaleza y limitaciones de éstos, indicando las prohibiciones y restricciones que afecten a los titulares de derechos inscritos.
Las certificaciones incluyen, para cada finca o derecho consultado, la información, permanentemente actualizada, que se contenga en las inscripciones practicadas en los Registros de la Propiedad, referida a:
- Los datos generales de identificación de la misma, como identificación registral (número de finca, subfinca, sección, etc.), calle y número, paraje o sitio, medida superficial, linderos, descripción literaria, referencia catastral.
- Los datos generales de identificación de la titularidad, como nombre y apellidos o denominación del propietario, título de adquisición (compra, herencia…), carácter de la adquisición (ganancial, privativo, etc.), documento adquisitivo (escritura, sentencia…), datos registrales (inscripción, folio, libro, etc.).
- Los datos generales de las cargas o gravámenes existentes, como la expresión de estar libre de cargas, las hipotecas, embargos, demandas, afecciones, servidumbres…, los detalles de cada una de las cargas existentes.
- Los asientos de presentación de documentos relativos a la finca o derecho que se encuentren vigentes y aún no hayan sido despachados, en su caso.
Dentro de las certificaciones hay varios tipos:
- Certificaciones literales: en las que se insertan literalmente aquellas circunstancias inscritas que interesen al solicitante. La expedición de estas certificaciones se hará con sujeción a la legislación sobre protección de datos.
- Certificaciones en relación: en las que se extractan por el Registrador los datos solicitados.
- Certificaciones de dominio: que expresan la titularidad del inmueble.
- Certificaciones de cargas: que indican si la finca se encuentra o no gravada y, si lo está, las extensión de las cargas.
- Certificación de dominio y cargas: que incluye las dos anteriores.
- Certificaciones negativas: sirven para acreditar que un inmueble no está inscrito, en modo alguno o a favor de persona determinada.
La nota simple tendrá valor puramente informativo y no dará fe del contenido de los asientos del Registro. Sin embargo, la certificación, que está firmada por el registrador, sí acredita la libertad o gravamen de los bienes inmuebles o derechos reales, en perjuicio de tercero. Sólo mediante la certificación puede acreditarse, en juicio y fuera de él, el contenido del Registro. Las certificaciones más solicitadas son la certificación literal y la certificación de dominio y cargas, que pueden tramitarse a través de Axesor.
Una pequeña aportación para los que necesiten saber más acerca de los Registros de la Propiedad. Esta web es muy interesante: http://www.ayuda-registrodelapropiedad.com
estimados señores mios,
estoy interesado en saber que,t`po de certificaciòn debo solicitar que,me informe desde el primer titular de la finca hasta el ùltimo titular que la tiene en poder y de què forma hA OBTENIDO LA FINCA;
MUCHAS GRACIAS.